NOTICIAS 25 DE MAYO DE 2011

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Boletín de prensa 25 de mayo de 2011

 

EL ESPECTADOR

 

A LA INICIATIVA LE RESTA LA CONCILIACIÓN ANTE DE SU SANCIÓN PRESIDENCIAL

 

Con 'conflicto armado', Senado aprobó en último debate Ley de Víctimas

Sin embargo, la preocupación del expresidente Álvaro Uribe se tuvo en cuenta y se enfatizó que "no habrá reconocimiento ni legitimación al terrorismo".

El ministro Germán Vargas Lleras reseñó los principales puntos de la Ley de Víctimas.

El Gobierno Nacional logró la aprobación de la Ley de Víctimas, iniciativa calificada como la más importante que incluyó en la agenda del primer año de mandato el presidente Juan Manuel Santos.

Finalmente, se respetó el acuerdo de incluir el reconocimiento del ‘conflicto armado interno’ que sufre el país, el cual suscitó la polémica entre el presidente Juan Manuel Santos y su antecesor Álvaro Uribe Vélez.

Sin embargo, la preocupación uribista por el posible reconocimiento político o el estatus de beligerancia de los terroristas, se tuvo en cuenta a la hora de aprobar la iniciativa.

En uno de los párrafos se recalcó que “no habrá reconocimiento ni legitimación alguna al terrorismo y se reitera la vocación de las Fuerzas Armadas de ir al ataque en defensa de la sociedad colombiana”.

En el tema que fue sí fue derrotado el uribismo es en la reparación para los agentes de víctimas del Estado. Aunque hubo una intención de los senadores Juan Carlos Vélez y Manuel Enríquez Rosero, uribistas purasangre, de incluir un artículo para que sólo tras de un proceso abreviado de 18 meses se diera la reparación para esas víctimas, esa idea fue derrotada.

La plenaria finalmente aprobó que sin ningún tipo de discriminación se dé el acceso a todos los beneficios de las víctimas, incluidas las que fueron afectadas por agentes del Estado.

 

¿Qué dicen los autores y ponentes?

 

El senador Juan Fernando Cristo, tras la aprobación del proyecto, dijo que esta ley “va a abrir los caminos de reconciliación y paz en Colombia”.

“Esta sí es una ley de paz porque se convierte en un instrumento de paz y reconciliación…con ésta los colombianos podremos abrir en los próximos años caminos de paz toda vez que se está reconociendo a cuatro millones de personas ignoradas por el Estado y la sociedad colombiana”, explicó.

A su turno, el senador Roy Barreras señaló que ésta es una ley que puede ser considerada “la mejor que se ha escrito en la historia de Colombia, y ninguna como ésta en el mundo”.

Además, destacó que es “financiable y no le va a costar un ojo de la cara a los colombianos”.

 

ABECÉ DE LA LEY DE VÍCTIMAS

 

 

1. ¿Quiénes son en sí las víctimas?

 

En el artículo 3o del proyecto se definen a las víctimas. Serán “aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido menoscabo en sus derechos fundamentales, por el conflicto armado interno, por hechos ocurridos a partir del 1º enero de 1985, siempre que este menoscabo sea consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas Internacionales de Derechos Humanos.

También son víctimas el cónyuge, compañero o compañera permanente, parejas del mismo sexo y familiar en primer grado de consanguinidad, primero civil de la víctima directa, cuando a ésta se le hubiere dado muerte o estuviere desaparecida.

De la misma forma, se consideran víctimas a las personas que hayan sufrido menoscabo en sus derechos fundamentales al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización.

Cuando los miembros de la Fuerza Pública sean víctimas en los términos del presente artículo, su reparación económica corresponderá por todo concepto a la que tengan derecho de acuerdo al régimen especial que les sea aplicable. De la misma forma, tendrán derecho a las medidas de satisfacción y garantías de no repetición señaladas en la presente ley.

Los miembros de los grupos organizados al margen de la ley no serán considerados víctimas, salvo en los casos contemplados en los que niños, niñas o adolescentes hubieren sido desvinculados del grupo armado organizado al margen de la ley siendo menores de edad.

Para los efectos de la definición contenida en el presente artículo, no serán considerados como víctimas quienes hayan sufrido un menoscabo en sus derechos como consecuencia de actos de delincuencia común”.

Además, se le otorgaron facultades extraordinarias al Presidente Santos, con el fin de que expida un decreto con fuerza de ley, que recoja el acuerdo que las minorías étnicas del país, como afrocolombianos, raizales, palenqueros y rom viene trabajando en mesas de concertación.

 

2. ¿Cuántos serán los beneficiados?

 

Senadores y Gobierno calculan en 4 millones los afectados por la violencia que tendrán derecho a la reparación económica y restitución de tierras.

 

3. ¿A partir de qué fecha el Estado reconoce el carácter de víctima?

 

Hay tres tipos de fecha, pero cada una tiene unas condiciones especiales. Se cambió el texto de la ponencia y se dejó abierto para que cualquier persona que se sienta menoscabada en sus derechos por los actores del conflicto, en cualquier época, antes del 1 de enero del 85, los pueda reclamar ante el Estado. Estas víctimas no recibirán reparación monetaria.

 

4. Entonces ¿quiénes se beneficiarán a partir del 1 de enero de 1985?

 

A partir de ella y hacia adelante, el Estado reparará económicamente a las víctimas del conflicto.

 

5. ¿Y a partir del 1 de enero de 1991?

 

Esta es la tercera fecha fijada por los senadores. De esa fecha para adelante, las víctimas, además de la reparación económica, podrán ser sujetas de restitución de sus tierras, despojadas por los violentos o abandonadas.

 

6. ¿Se sabe cuánta plata recibirán las víctimas o sus familiares?

 

El Gobierno nacional dice no tener un monto definido de a cuánto ascenderá la reparación global. No obstante, el Ministerio de Hacienda cuenta ya con unas tablas sobre los costos individuales de las reparaciones. La cifra no ha sido revelada.

 

7. ¿Cuántas hectáreas de tierras son las que se van a restituir?

 

El cálculo habla de 6 millones de hectáreas, de las cuales 4 millones fueron abandonadas y 2 millones más fueron objeto del despojo directo.

 

8. ¿Quién asumirá los procesos y fallará en consecuencia?

 

El proyecto de ley determina que será una rama especial de la justicia, a través de jueces del circuito y magistrados especiales quienes observarán y fallarán los pleitos.

Se decidió que los procesos de restitución de tierras que no tengan oposición, es decir, que no aparezca un tercero poseedor de buena fe, serán los jueces del circuito creados para ello, quienes llevarán los mismos y tendrán en sus manos el fallo de única instancia al respecto.

En el caso de las tierras donde haya oposición, los jueces del distrito instruirán todo el proceso y serán los magistrados de los tribunales de la restitución quienes resolverán el pleito. Habrá además un recurso de revisión por parte de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia.

 

9. ¿La responsabilidad de los agentes del Estado hace parte del proyecto de ley?

 

Sí. El proyecto reconoce la responsabilidad de los integrantes de las fuerzas armadas o agentes del Estado que estén involucrados en el menoscabo de los derechos fundamentales de las víctimas. No obstante, los ponentes han aclarado que las responsabilidades son individuales y no grupales o de la institucionalidad como tal.

 

10. ¿Qué organismo se va a encargar del trazado de la política para atención a las víctimas?

 

Los senadores de la Comisión Primera aprobaron la transformación de Acción Social en el Departamento Administrativo para la Inclusión y la Reparación, con presupuesto y autonomía propia para este tipo de organismos estatales.

 

11. ¿Qué organismo se va a encargar de la atención y el trabajo técnico con las víctimas?

 

El proyecto de ley aprobado contempla que adscrita al Departamento de la Inclusión y la Reparación se creará una Unidad Administrativa Especial, integrada por siete altos funcionarios del Estado, en cabeza del Presidente de la República, o su delegado. Esta Unidad tendrá un año de empalme o transición con la actual Comisión Nacional de Reparación y Restitución, que atiende actualmente a las víctimas.

 

CARRUSEL DE LA SALUD

 

Proponen referendo para acabar las EPS

La iniciativa, promovida este martes desde el Congreso, también busca prohibir la integración vertical en el sistema de salud.

 Una nueva idea surgió este martes con el fin de cambiar el sistema de salud del país; adolecido en la actualidad por la crisis de las EPS.

En la Cámara de Representantes, la propuesta es que por vía de referendo los colombianos decidan si quieren la eliminación de las EPS.

El promotor, el representante Alfredo Bocanegra, explicó que su idea está referida a que se haga un referendo de extinción las EPS que no han cumplido con su deber. Además, busca la modificación del sistema para fortalecer la red pública y evitar la intermediación en la salud.

“Desde el Congreso lanzo esta idea para que la sociedad civil, los usuarios, los pacientes, y quienes padecen enfermedades catastróficas, nos unamos y hagamos el referendo para que el Estado tenga que cambiar el sistema”, aseguró el legislador tolimense.

Para Bocanegra se debe “prohibir la integración vertical” porque actualmente las EPS son las mismas dueñas de las clínicas, y por ende, son quienes prestan un mal servicio.

 

Según él, lo que debe existir es un “fortalecimiento de la red pública” porque éste es el único sistema que llega a todas partes.

La recolección de firmas la iniciará Alfredo Bocanegra desde este miércoles.

 

TRAS MÁS DE OCHOS HORAS DE DEBATE, APRUEBAN LEY DE VÍCTIMAS

 

La plenaria del Senado se apresta a votar artículos polémicos que incluyen la figura de 'conflicto armado', el calificativo de terroristas para las Farc y la reparación de víctimas de agentes del Estado.

La plenaria del Senado de la República aprobó la ponencia mayoritaria del Gobierno y la mesa de unidad nacional, frente al proyecto de Ley de Víctimas que está en su último trámite de aprobación.

Con 63 votos a favor y diez en contra, esa corporación dio vía libre a la ponencia, que incluyó la figura del ‘conflicto armado interno’, el cual, suscitó tanto debate entre el presidente Juan Manuel Santos y su antecesor, Álvaro Uribe Vélez.

Ya entrando la noche, tras someter a votación un paquete de 148 artículos donde no existía mayor discusión, la plenaria los aprobó. La votación fue de 64 a favor por cero en contra.

Pasaron un par de minutos para que la plenaria del Senado aprobara otro grupo de artículos donde fueron aprobados 41 con una votación de 60 a favor por cero en contra. Poco antes, más de 100 proposiciones al articulado que hizo el Polo fueron negadas con una votación de 57 en contra por 10 a favor.

En desarrollo del debate, La U insistió en su disposición en aprobar el proyecto pero aclarando que se debe incluir el calificativo de terroristas para los grupos armados ilegales.

El presidente de La U, Juan Lozano, dijo que “la votación la hacemos sobre la base de reconstrucción de país pero seguimos considerando a los grupos armados ilegales terroristas”.

“El presidente Santos y el expresidente Uribe los han llamado terroristas, y así deberán seguir siendo considerados”, aclaró.

De otro lado, Lozano manifestó que su partido acompaña el proceso de restitución de tierras sobre la base de que no se utilice ese proceso para que se cometan arbitrariedades contra quienes tienen títulos legítimos.

 

CARRUSEL DE LA SALUD

 

ENMENDADURAS EN RECOBROS EVIDENCIARÍAN OTRO DESANGRE EN SALUD

 

 

El consorcio Fidyfosyga habría evidenciado el desvío de dineros originado en cinco nuevas EPS.

Enmendaduras en las solicitudes de recobro de las cinco Entidades Promotoras de Salud, EPS, allanadas este martes, serían la primera evidencia del desangre a la salud que, al parecer, tendría comprometidos otros 20.000 millones de pesos arrebatados al sector, según lo revela la indagación adelantada por la Fiscalía.

Luego de adelantar una auditoría, el consorcio Fidifosyga 2005 reportó que los documentos en los que se exigía a la Superintendencia de Salud el dinero por los medicamentos y procedimientos que no se encuentran dispuestos en el Plan Obligatorio de Salud, POS, ofrecían evidencias de haber sido sometidos a este tipo de irregulares correcciones.

Fue entonces cuando la encargada de la Administración de la Dirección Nacional para la Inspección y Vigilancia de los recursos recopiló los documentos en los que el consorcio sustentaba esta conclusión.

En marzo de 2010 se efectuó el programa metodológico por parte de la Fiscalía, luego de la denuncia que, por presunta falsedad en documento, fue instaurada ante el organismo de control penal.

 

El expediente fue enviado al jefe de la unidad de delitos contra la administración pública y, una vez analizado el material probatorio, se solicitó el apoyo de agentes de la Sijín de la Policía para adelantar el allanamiento en las instalaciones de algunas de las EPS que pudieron haber protagonizado este nuevo capítulo del multimillonario escándalo de corrupción.

Acopiada ya la información, agentes de Policía Judicial se internaron en las instalaciones de la Nueva EPS, Coomeva, Ecoopsos, Salud Colpatria y Sanitas, donde se revisaron archivos físicos, bases de datos y oficinas, con el fin de verificar pistas sobre el presunto desvío de al menos 20.000 millones de pesos más que sumarían un nuevo capítulo del multimillonario fraude a la salud.

El vicefiscal General de la Nación, Juan Carlos Forero, anunció que la semana que viene se solicitarán audiencias de imputación de cargos contra nuevos presuntos implicados y se citará a interrogatorio a otros tantos.

Adicionalmente a estas diligencias, podrían sumarse intervenciones de la misma naturaleza sobre otras ocho EPS, toda vez que son 13 las reportadas por el consorcio Fidyfosyga 2005 como las presuntas protagonistas de las enmendaduras en la solicitud de los recobros por intervenciones a cargo del Fondo de Solidaridad y Garantías, Fosyga.

 

FALLO DE LA CORTE ORDENA DETENER PAGO DEL DISTRITO A FEDEMUNICIPIOS

 

Por este pleito, el Distrito se retiró del organismo en abril de 2009.

La Corte Constitucional falló una acción de tutela que deja sin efecto una sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que obligaba a la Alcaldía de Bogotá a desembolsar más de $80 mil millones correspondientes al 10% de las multas de tránsito que se han dejado de transferir en los últimos años a Fedemunicipios.

Dentro de las consideraciones que tiene la capital en el proceso se tiene claro que no se le puede girar a la Federación Colombiana de Municipios el 10% del total de los comparendos de tránsito que se imponen en la ciudad, sino de aquellos que se cobran por medio del Sistema Integrado de Información de Multas e Infracciones de Tránsito (Simit), en la que aparecen reportados los conductores morosos y que busca luchar contra la evasión en este tema.

“Éste es un pleito que se ha extendido por varios años. Por fortuna estamos ad portas de llegar a su finalización, porque lo único que queda pendiente es que el Consejo de Estado revise esta sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca e imparta justicia definitiva”, aseguró Yuri Chillán Reyes, Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

Según la Corte Constitucional, Fedemunicipios no tiene acción legal para hacer estos cobros, ya que los recaudos que se hacen son con funcionarios y dependencias propias de los municipios, por lo que se estaría incurriendo en un pago de lo no debido. “En el momento en que el Tribunal emite la sentencia ordena que se pague inmediatamente, nosotros ejercimos las acciones de defensa y por fortuna la corte ordenó suspender el pago”, puntualizó Chillán. Por este pleito, Bogotá decidió retirarse de Fedemunicipios, el 20 de abril del 2009.

 

DEMOCRACIA SÍ, PERO POQUITA

 

Por: Cecilia Orozco Tascón

 

Parece que el sistema democrá-tico gusta en estas tierras pero "sin que exageremos", como diría la gente bien: plegarse a la Constitución, aunque no tanto.

Acatar las leyes, sólo si conviene a nuestros planes. Respetar los códigos, salvo que estorben el camino. Si algo se le puede reprochar al expresidente Uribe en estos días, es el inmenso daño que, bajo la disculpa de recuperarle la seguridad a Colombia, le hizo al Estado de derecho. Éste, mal que bien, subsistía hasta cuando el exmandatario empezó a trapear el piso con la honra y los fallos de los jueces, para felicidad de los dictadorzuelos que encontraron su reino en la última década, y de los bandidos de cuello blanco que supieron aprovechar el río revuelto generado por las ambiciones del gobernante. Ocho años de insultos a los tribunales, cada vez que sus sentencias no coincidían con el proyecto autocrático de moda, surtieron más efectos de los que se podían calcular en un país que supuestamente se caracteriza por ser la “democracia más antigua del continente”.

Por eso no debe sorprenderle a nadie que los seguidores del uribismo hayan salido a despotricar de la Corte Suprema como en sus mejores tiempos, porque ella incurrió en el crimen de respetar y exigir respeto por las leyes y los tratados internacionales. Su decisión de declarar nulos, como pruebas judiciales, los contenidos de los computadores de Raúl Reyes obtenidos de manera ilegal en territorio extranjero y en ausencia de autoridad competente —¡semejante par de boberías!— le valió que la acusaran de haber cometido una “imbecilidad”. Quienes así se pronuncian no son peleadores que saben liarse únicamente a puños y patadas. Lo preocupante es que las reacciones de ira contra las órdenes judiciales provengan de profesionales del derecho de quienes se espera, si no ponderación, al menos un poco de prudencia. No hay que olvidar que estamos en una nación plagada de sicarios. La verdad monda y lironda es que a la Corte la critican porque no fue políticamente “correcta” en términos uribistas. Para la protección de los derechos, ojalá que nunca lo sea.

Fenómeno similar ocurrió, en otro plano, con la terna del Polo para sustituir a Samuel Moreno en la Alcaldía de Bogotá. Dicha terna mereció el calificativo de “vergonzosa”. Se argumentó que el primer aspirante era sindicalista; el segundo, un hombre de leyes, condición que hoy se debe ocultar; y que la tercera era una funcionaria “menor”. El clasismo rampante. No obstante, había otro exceso democrático que molestaba más. ¿Por qué no se habrá dicho, sino en voz baja, que fue “vergonzosa” la selección de Santos, del exsindicalista Angelino Garzón para reemplazarlo en caso de necesidad? ¿Por qué no protestaron cuando Lucho Garzón, otro exsindicalista, fue elegido alcalde sin experiencia administrativa? ¿Cuántos columnistas le han preguntado al liberalismo o a Cambio Radical por su aval para dos candidatos a la alcaldía en momentos de máxima emergencia ciudadana cuando ellos, a pesar de ser talentosos y honestos, no tienen hoja de vida académica ni horas de vuelo que los soporten? La respuesta es una: el vicepresidente Garzón y el exalcalde Garzón llegaron a sus posiciones cuando el establecimiento estaba tranquilo con ellos. Y los candidatos liberal y radical son parte de la élite social bogotana. El Polo ha dado toda la papaya del mundo para que lo acribillen políticamente, es cierto. Pero no seamos hipócritas: si Tarsicio Mora fuera más blando y el exconsejero Moreno o Mariella Barragán tuvieran más apellidos, la cosa hubiera sido a otro precio. Rezagos del uribismo: nos gusta la democracia, pero poquita.

 

LA HISTORIA DEL FUTURO

Por: Daniel García-Peña

SI todo sale como está planea- do, hoy el Senado debe dar su aprobación a la muy esperada Ley de Víctimas. No es una ley perfecta y es cierto que le metieron algunos goles en el último tramo, que pueden dificultar su implementación. Sin embargo, es indudable que constituye un paso fundamental en el reconocimiento de las víctimas, de sus derechos, del despojo del cual fueron objeto y del deber del Estado de restituirlas y repararlas de manera integral.

El presidente Santos se jugó su pellejo al radicar personalmente el proyecto. Pero los verdaderos protagonistas centrales son las víctimas, cuyas voces, por primera vez en nuestra desmemoriada historia, se hicieron escuchar y sentir. Por ello, uno de los avances más significativos, dentro de las muchas cosas nuevas e importantes que incluye la ley, es lo referente a la memoria histórica.

 

Luego de largos debates, se estableció 1985 como la fecha a partir de la cual se define a las víctimas para efectos de la ley. Sin embargo, también deja claramente estipulado que las víctimas por hechos ocurridos antes de esa fecha “tienen derecho a la verdad, medidas de reparación simbólica y a las garantías de no repetición previstas en la presente ley”. Sin duda, la reparación económica y la restitución de bienes son fundamentales, en particular para las víctimas, pero no lo son todo. Para el país en su conjunto, la memoria histórica tiene un inmenso valor, indispensable para cualquier eventual proceso de reconciliación.

Por su misma definición, lo histórico no puede estar restringido por fechas, ya que se ocupa de antecedentes, causas, orígenes. Tampoco se trata de ir hacia la historia antigua ni de intentar procesar a los culpables por la conquista española. Pero sí hay ciertas fechas —como el 9 de abril— y procesos —como la Violencia con “V” mayúscula— que marcan nuestra historia reciente y tienen una relación indiscutible con las raíces del conflicto que, por degradado y narcotizado que se haya vuelto, aún padecemos. Si el país no está dispuesto a esclarecer, por ejemplo, el grado de responsabilidad estatal en el genocidio del movimiento gaitanista, ¿cómo se pretende abordar casos posteriores como el de la UP?

La memoria histórica no sólo sirve para entender el pasado sino, sobre todo, para construir futuro. Feliz coincidencia que la aprobación de la ley haya sido justo cuando la Comisión de Paz del Congreso abre el debate para discutir y consensuar un nuevo marco legal para la paz, en el cual hasta los más ortodoxos defensores del nuevo derecho internacional reconocen que una disminución del castigo se justifica con el aumento de verdad y reparación a las víctimas.

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Pido disculpas a Eduardo Pizarro por la manera en la cual me referí a él en mi pasada columna. Confieso que me dejé llevar por la rabia que me da cuando creo ver a amigos, en el fondo demócratas, alimentando los argumentos del uribismo. Pero una cosa es que mantengamos diferencias políticas y realicemos debates intelectuales, y otra, muy diferente e inaceptable, es la descalificación personal en la cual lamento haber incurrido.

 

EL TIEMPO

 

SE SINDICALIZÓ CÚPULA DE SALUDCOOP; SE COMPLICA INTERVENCIÓN A EPS

 

Los escuderos de Carlos Palacino no podrán ser removidos de sus cargos en 6 meses.

Édgar Pabón, el interventor que el Gobierno le nombró a Saludcoop, podría quedar en una incómoda situación con una 'jugada maestra' que acaban de hacer los directivos de la poderosa EPS recién intervenida por la Supersalud.

ELTIEMPO.COM estableció que -el pasado viernes- 25 de los hombres de confianza de Carlos Palacino, el ex presidente de la EPS, fundaron un sindicato y corrieron a registrarlo ante el Ministerio de la Protección Social. Se llama Unitracoop y en 72 horas ya ha reclutado a 500 afiliados.

 

Los 25 intocables

Palacino no pudo entrar al sindicato porque ya había sido separado de su cargo.

Pero sí logró que 25 de sus escuderos -que aparecen como fundadores- adquirieran un fuero especial (conocido como circunstancial) que les otorga privilegios por dos meses, prorrogables hasta seis.

Entre otras cosas, no podrán ser removidos de sus cargos ni trasladados ni desmejorados salarialmente.

 

Además, podrán seguir enterándose de todos los movimientos de la EPS sin que el Gobierno lo pueda evitar.

"Si quieren mover a alguno de ellos del cargo o reducirles el sueldo, le tienen que consultar a un juez y, seguramente, este se lo negará aduciendo razones sindicales", le explicó a ELTIEMPO.COM un alto funcionario del Gobierno.

Y aunque el tema no ha sido ventilado oficialmente, este diario estableció que hay preocupación en algunos sectores del Gobierno, que temen por el manejo que estas 25 personas le puedan dar a la información de la EPS y si ello puede afectar el rumbo de las invetigaciones.

Ni el interventor Pabón ni los abogados de Palacino respondieron los mensajes de ELTIEMPO.COM

 

Lo que se busca con allanamientos a EPS

Con una orden de la Fiscalía, un grupo de 60 hombres de la Dijín allanó el martes cinco EPS del país: Sánitas, Coomeva, Salud Colpatria y la Nueva EPS, del régimen contributivo, y Ecoopsos, del subsidiado.

Los investigadores -que revisarán unos 50 computadores incautados- van tras documentos supuestamente adulterados con los que funcionarios de las empresas intentaron cobrarle al Estado medicamentos y tratamientos.

Uno de los casos que se indagan es el de un fallo de tutela que ordenaba realizarle a un joven un tratamiento de 14 millones que le fue recobrado al Estado. El fallo presenta enmendaduras.

En los documentos de la otras EPS se hallaron firmas adulteradas en las cuentas de cobro, así como reclamaciones que ya se habían pagado con anterioridad. También hay dobles sellos e intentos por cobrar hasta cinco veces facturas que ya les habían sido rechazadas.

Al parecer, estas facturas venían siendo cobradas a través de 'intermediarios de papel', que reclamaban comisiones. La Policía se refirió a cobros cercanos a los 20 mil millones de pesos.

En un primer cruce de información con las bases de datos del Fosyga y las incautadas en los primeros allanamientos, investigadores encontraron que varias de estas EPS habrían incurrido en sobrecostos de hasta tres veces en el valor de los medicamentos en sus propias farmacias, y habrían reclamado recobros por servicios para personas muertas. Incluso, en un caso hallaron "inversiones ajenas a la salud".

El supersalud, Conrado Gómez, dijo que los operativos no afectaron los servicios normales de las EPS.

 

'Nuestra gestión es legal'

 

EPS Ofrecen colaborar con la investigación

-Sánitas: "Nunca hemos usado intermediarios para las gestiones ante el Minprotección y el Fosyga. No hemos dado instrucciones para hacer o cometer actos por fuera de la ley y menos adelantar gestiones ante entes no contemplados por el sistema de salud. Somos los primeros interesados en que se investiguen los casos de corrupción".

-Ecoopsos: "No nos asiste la más mínima preocupación por la investigación que lleva a cabo la Fiscalía. Nuestra gestión de recobros ha estado amparada por la ley y la buen fe".

-Coomeva: "La medida fue exagerada (...) manifestamos nuestra absoluta disposición de entregar la información requerida para la investigación. Confiamos en que culminen con la claridad necesaria que permita fortalecer el sistema de salud".

-Nueva EPS: "Desde hace una semana dejamos a disposición de la Fiscalía nuestros libros y archivos. Nos ponemos a disposición de las autoridades para colaborar en lo que consideren pertinente dentro del desarrollo de los procesos".

-Salud Colpatria: no se pronunció.

 

 

EL NUEVO SIGLO

 

CUOTA DE GÉNERO: PARTIDOS POLÍTICOS NO ESTÁN LISTOS, NI QUIEREN ESTARLO

 

Congreso Visible analizó las listas de las pasadas elecciones regionales.

 “Digamos que los partidos efectivamente no están listos, pero el problema es que nunca van a estar listos” porque su preocupación es que los integrantes de las listas a Concejos y Asambleas pongan votos, le explicó a EL NUEVO SIGLO la directora del programa Congreso Visible (CV), de la Universidad de los Andes, Mónica Pachón.

El tema cobra especial trascendencia cuando hoy, en la plenaria de la Cámara, podría comenzar la discusión y votación en segundo debate del proyecto de Ley Estatutaria 205 de 2011 Cámara, “por la cual se adoptan disposiciones sobre equidad de género y sobre financiación de las campañas electorales”, que, como lo ha publicado este Diario, ha sido denominado por algunos congresistas como la “contrarreforma” política.

En resumen, CV encontró que en 2007, en todos los partidos, excepto en Movimiento Independiente de Renovación Absoluta (Mira), el porcentaje promedio de candidatas a Asambleas departamentales no superó 20 por ciento.

Al respecto, Pachón considera que “hay algunos partidos que han hecho una labor más seria de reclutamiento en materia de igualdad de género”, como es el caso de Mira, pero las demás organizaciones políticas no tienen la decisión política de proceder, preocupadas por la pérdida de votos.

En esos partidos, sus dirigentes temen que al incluir mujeres para cumplir con la cuota de género “tendrían que sacrificar unos puestos o unos lugares en las listas que les ganarían más votos”, anota Pachón; en otras palabras, dijo, ellos “podrían poner a las primas y a las hermanas, pero eso no les representaría más votos”.

Según el estudio de CV, solamente 35 de las 274 listas registradas para Asambleas en el 2007 cumplirían con el umbral de 30 por ciento de inclusión de género estipulado en la reforma.

Al analizar el consolidado de las listas de los partidos que hoy tienen el mayor número de representantes en el Congreso, es claro que estos fueron los que más candidatas presentaron a las Asambleas. Sin embargo, su relación con el total de candidatos avalados convierte a las mujeres en un porcentaje mínimo dentro del listado. Por ejemplo, el Partido Conservador avaló la candidatura de 53 mujeres, siendo así la organización con más inclusión absoluta de género en las elecciones de las Asambleas departamentales. Pero al comparar esta cifra con el total de candidatos del partido (324), se observa que el porcentaje de mujeres fue de 16 por ciento.

El Polo Democrático registró el mayor número de listas a Asambleas sin inclusión de género, con un total de 13.

En las elecciones de Concejos de 2007, 71,5 por ciento de los listados (5.022 de 7.017 listas) no cumplieron lo estipulado con la reforma.

 

 

Los partidos Social de Unidad Nacional (La U), Conservador, Liberal y Cambio Radical están lejos del cumplimiento del umbral, pues la inclusión femenina rondó entre 13 y 17 por ciento para Asambleas departamentales, y entre 15 y 20 por ciento para Concejos municipales. En cuanto al Polo Democrático, se destacó por sus bajos índices de participación de mujeres en las Asambleas.

A nivel geográfico, de los diez departamentos que más mujeres eligieron en las Asambleas, seis hacen parte de la Costa Caribe (Atlántico, Magdalena, San Andrés y Providencia, Guajira, Bolívar y Sucre).

En Boyacá, a pesar de sus 16 curules en juego en su Asamblea, ninguna mujer logró ser elegida. Situación similar ocurrió en Casanare, Putumayo, Arauca y Guaviare.

Las capitales más importantes apenas alcanzarían la mitad de la cuota en sus Concejos municipales: Bogotá D.C. (15,3 por ciento), Cali (13,4 por ciento), Medellín (12,6 por ciento) y Barranquilla (11,5 por ciento); mientras que Sincelejo (4,4 por ciento), Florencia (8,3 por ciento), Santa Marta (8,5 por ciento) y Mocoa (8,6 por ciento) presentaron los porcentajes más bajos entre las ciudades capitales.

 

COLOMBIA LEGISLA DE FORMA DESORDENADA EN MATERIA PENAL: GARCÍA

 

La función de la pena es rehabilitar y resocializar la persona, lo cual no se logra aquí por el equivocado tratamiento penitenciario, argumenta el Senador.

En el país se viene legislando de forma desordenada en materia penal por la falta de una política criminal definida, que se nota especialmente en que se ataca la criminalidad básicamente con el aumento de penas.

Así lo considera el senador Jesús Ignacio García, experto en Derecho Penal y quien fue juez. Indicó que antes de crear nuevos tipos penales y aumentar penas es necesario agotar otras instancias de control social, como la educación.

EL NUEVO SIGLO: Proyectos como el Estatuto Anticorrupción han creado nuevos tipos penales. ¿Estamos legislando más por coyuntura que atendiendo a una política criminal?

JESÚS IGNACIO GARCÍA: Con este proyecto se quiso, según el Ministerio del Interior, crear algunos tipos para algunos problemas puntuales. Lo que yo siempre he venido diciendo es que el Estado, frente a problemas como la corrupción y el crecimiento de los índices delictivos, reacciona cambiando el Derecho Penal, y ocurre que aumentan las penas, tipifican nuevas conductas y de todas maneras la delincuencia sigue aumentando, lo cual indica que hay que variar la acción y lo que se debe hacer es, como ya lo comenzó a plantear el Ministerio del Interior, realizar unos estudios de carácter criminológico para averiguar cuáles son las causas de todos estos comportamientos con el fin de atacarlas, y en el Derecho Penal se aplique una vez se hayan agotado todas las instancias de control social formal, una vez se haya acudido a la educación, y en algunos casos a la inversión pública, para tratar de contrarrestar la criminalidad; ya una vez se hayan realizado todos esos esfuerzos, entonces sí acudir al Derecho Penal como el último recurso.

ENS: ¿El problema también sería por la falta de una política criminal sintonizada con la realidad del país?

JIG: Precisamente es que no tenemos una política criminal definida, entonces se viene legislando de manera desordenada, en forma incoherente. Lo que se les ocurre reiteradamente a las autoridades, sobre todo al Gobierno, es plantear solamente el aumento de penas, pero resulta que el término criminológico nos revela evidentemente cuáles son las causas de los comportamientos y atacando esas causas se pueden obtener mejores resultados.

 

 

ENS: Existe la creencia generalizada de que en Colombia la Justicia no opera. ¿Qué tan cierto es esto?

JIG: La verdad es que en materia de aplicación de la Justicia todavía nos falta mucho camino por recorrer, nosotros creemos que ante todo el Estado debe darle mayores instrumentos a la Justicia para que pueda actuar de una manera pronta y cumplida. Ocurre que se aumentan las penas, pero no se aplican porque hay impunidad.

ENS: El proyecto de reforma al Código Penitenciario y Carcelario plantea que la redención de la pena sea por logros y no por asistencia a clase. ¿Qué opina?

JIG: Eso puede ser bueno, pero lo que ocurre es que aquí tampoco hay política penitenciaria. La política penitenciaria tiene sus fundamentos en los fines de la pena, y entre los principales fines de la pena está la rehabilitación y la resocialización para que las personas se puedan incorporar como ciudadanos de bien a la sociedad. Ocurre que esos fines se logran a través del tratamiento penitenciario, y aquí en Colombia no lo hay. Sencillamente se lleva a las personas a los sitios de reclusión, allí se los hacina, pero no tienen una debida rehabilitación y resocialización con la participación de expertos en ciencias antropocéntricas, vale decir la sicología, la siquiatría, la sociología, sino que sencillamente se los priva de la libertad, se espera que pase el tiempo, no se les hace ningún tratamiento, las personas vuelven al seno de la sociedad e incurren nuevamente en delitos.

 

PROPONEN QUE JUECES DE PAZ NO SEAN ELEGIDOS SOLO EN LAS URNAS

 

La necesidad de implementar mecanismos adicionales a la elección popular para designar a los Jueces de Paz para superar la carencia que hay de estos servidores en la mayoría de municipios del país, planteó ayer el viceministro de Justicia y del Derecho, Pablo Felipe Robledo del Castillo.

El funcionario reveló ante la Comisión Primera de Senado, que analiza en primer debate el proyecto gubernamental por el cual se expide el régimen para los Jueces de Paz, que menos de 10 por ciento de los municipios cuenta con jueces de paz.

 “El anhelo del Gobierno es que en todas partes tengamos la posibilidad real de tener Jueces de Paz. En este momento no tenemos jueces de paz sino en 73 municipios de 1.100 que hay en Colombia. La inmensa mayoría, incluso algunas ciudades capitales, no están dotadas de Jueces de Paz”, afirmó el alto funcionario.

El viceministro Robledo explicó que esto obedece a que su designación se hace a través de elección popular.

 “Nos parece sano que la primera posibilidad sea la elección popular, cumpliendo la recomendación constitucional que hoy está prevista, pero que no sea el único mecanismo. Cuando los municipios no estén en las condiciones de hacer la elección popular, debe habilitarse un mecanismo supletivo de elección, que es la designación de los Jueces de Paz por parte del Consejo Superior de la Judicatura”, aseguró.

Indicó también que este “es un punto medio que nos satisface a todos. Preservamos el carácter constitucional, pero no quedamos atados a la elección popular como único mecanismo”.

El viceministro de Justicia señaló que 93 por ciento de los 1.150 Jueces de Paz que hay en el país está concentrado en los departamentos de Casanare, Cundinamarca, Risaralda y Valle del Cauca, “lo que quiere decir que la justicia de paz no ha podido masificarse en el territorio nacional”.

 

ACERTÓ LA CORTE SUPREMA

 

Por JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO

 

“Solamente puede condenar conforme a las leyes preexistentes”

UN  pacto implícito entre los miembros de la sociedad, en el Estado de Derecho, permite la supervivencia de las instituciones y debe cumplirse, so pena de sustituir el orden jurídico por el caos: alguien debe decir la última palabra, administrar justicia y definir el Derecho. Ese alguien es el juez natural en el proceso correspondiente, según la distribución de competencias instaurada por el sistema jurídico.

La Corte Suprema de Justicia es el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria; tiene a su cargo la unificación de la jurisprudencia; mediante su doctrina, orienta a todos los jueces de la República en la interpretación y aplicación de la ley; y su Sala de Casación Penal tiene a cargo de manera exclusiva la competencia para investigar y juzgar a los congresistas, a quienes solamente puede condenar conforme a las leyes preexistentes al acto que se imputa y con la observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio.

Un procesado llega ante su juez natural cobijado por la presunción de inocencia, la cual sólo se puede desvirtuar con pruebas y en el curso de un debido proceso.

Ignorando todo eso, personas no propiamente versadas en Derecho Penal descalifican una providencia de la Corte porque la decisión adoptada no les satisface desde el punto de vista político.

Sin conocer el expediente, ellas dictaminan, de modo arbitrario, que la Corte se equivocó porque el congresista investigado tenía que ser condenado.

Pero la Corte resolvió en ejercicio de su competencia y con arreglo a Derecho. Declaró que una prueba recaudada en territorio extranjero, sin facultades de policía judicial y sin respetar el Convenio de cooperación judicial con el Estado correspondiente, en abierta violación de las normas aplicables, carece de todo valor para condenar a un procesado.

El artículo 29 de la Constitución declara perentoriamente que la prueba obtenida en violación del debido proceso es nula de pleno derecho.

¿Cómo estructurar sobre esa base deleznable y jurídicamente inválida una condena? La presunción de inocencia de una persona no se desvirtúa sino con pruebas acerca de su culpabilidad, de manera que el juez llegue a la plena certeza sobre ésta, con escrupulosa observancia de las garantías procesales.

Digamos una vez más que en un Estado de Derecho no pueden prevalecer los intereses políticos inmediatos sobre la Constitución, las leyes, los Tratados Internacionales y los Derechos Humanos. Acertó la Corte Suprema

 

GILMA Y LUDOVICO

 

Por FERNANDO NAVAS TALERO

 “Superar talanqueras constitucionales se ha vuelto costumbre”

STANLEY  Kubrick, en La naranja mecánica, promueve la discusión dramática que suscitan las soluciones emocionales que se proponen en la lucha contra el delito. Alex, el protagonista de la historia, se ofrece como conejillo de indias para que experimenten con él la técnica de Ludovico. Un ensayo diabólico con el cual se pretende condicionar reflejos que inhiban la libertad del hombre e impidan todo tipo de atropellos y violencia. El final de Alex es indiscutiblemente lógico: la violencia de la técnica de Ludovico, la violencia del Estado, la violencia de la sociedad y la violencia del Derecho no pueden producir otro fruto distinto.

El proyecto abolicionista, que busca acabar con la violencia del Derecho Penal, tardará muchos años en imponerse y menos en sociedades que descansan sus conciencias encarcelando a todos aquellos que por múltiples razones se apartan de los cánones de conducta fijados en las leyes.

 

 

La técnica de Ludovico, utilizada como sátira por Kubrick, se aproxima a la fórmula que ahora intenta adoptar el Estado, a instancias de la senadora Gilma Jiménez, a través del referendo que se abre camino en el Congreso y mediante el cual se adoptaría la cadena perpetua como pena para reprimir delitos que atenten contra la integridad física y sexual de menores de edad.

La propuesta es tan desafortunada que la promotora tuvo que suplicarles a sus colegas para que la aprobaran. No fue la razón la que impulsó la votación sino la compasión. Y no es extraño que el legislador se conmueva con esos argumentos, ocasionalmente la ley es producto de la sinrazón.

Superar talanqueras constitucionales se ha vuelto costumbre en el país, de manera que no es extraño que con ese referendo se traslade al pueblo la determinación en un tema tan grave; así la dirigencia podrá lavarse las manos en el futuro, alegando que la decisión la tomó el constituyente primario. El Consejo de Política Criminal se pronunció negativamente acerca del proyecto, pero qué importa, lo audaz es dejar a la emotividad popular la decisión. De la emotividad del pueblo se valió Caifás para conseguir la condena del Señor y la liberación de Barrabás. Pilatos se lavó las manos.

El grado de efectividad del sistema penal ha estado siempre en duda. Se atacan los síntomas pero no la enfermedad. Para el Estado es más fácil instaurar la pena capital que corregir las causas de los delitos y con más veras si las causas son parte de la cultura que promueve oficialmente. Es más económico invertir en cárceles que en escuelas y en políticas de salud mental; más cómoda la cadena perpetua que poner en cintura a quienes abusando de la libertad dañan los valores sociales y se enriquecen con la explotación del morbo que se transforma en patologías criminales. Por último, ¿este será un Derecho Penal resocializador o el regreso a la venganza privada? ¡Me huele que se está sustituyendo la Constitución!

 

REVISTA SEMANA

DIEZ PUNTOS CLAVE DE LA LEY DE VÍCTIMAS

 

La ley de víctimas fue aprobada en su cuarto debate este martes. 

El proyecto de ley de víctimas está a punto de terminar su trámite en el Congreso. Le falta el proceso de conciliación entre las dos cámaras para convertirse en Ley.

La iniciativa pretende reparar, en parte, las pérdidas materiales y morales de las víctimas del conflicto armado en Colombia. Para una mejor comprensión del contenido de la propuesta, de las discrepancias políticas sobre algunos de sus artículos y de su importancia, Semana.com elaboró preguntas y respuestas sobre los temas más importantes de este proyecto de ley.

1- ¿Quiénes son las víctimas?

Son las personas que han sufrido menoscabo de sus derechos a partir de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves a las normas Internacionales de Derechos Humanos. También se considera víctimas a los familiares en primer grado de consanguinidad, a los cónyuges y los hijos.

El texto aprobado excluyó a los integrantes de grupos ilegales, pero sí incluyó a los niños y adolescentes desvinculados de los grupos armados. Para organizaciones sociales como el ICTJ, esa exclusión es contraria a los principios del DIH, pues los integrantes de grupos ilegales también podrían sufrir el menoscabo de sus derechos en algunos casos.

Los ponentes de la ley y el Gobierno acordaron que las víctimas que se podrán beneficiar son las del “conflicto armado”. Esa expresión no había aparecido en las discusiones anteriores. El objetivo de la inclusión es delimitar el universo de víctimas para que queden por fuera las de la delincuencia común.

 

Para algunos legisladores. como Roy Barreras, de La U, las personas afectadas por las bandas criminales no se deben considerar sujetos de los derechos de la ley en discusión. No obstante, organizaciones de derechos humanos y algunos sectores políticos consideran que las personas que han sido asesinadas por esas bandas o sus familiares, en algunos casos por defender su derecho a la tierra, también son víctimas del conflicto. La discusión no está saldaa.

Las víctimas podrían ser entre tres y cuatro millones de personas (casi el 10 por ciento de la población colombiana), pues la cifra incluye a todos los desplazados.

 

2- ¿Qué es enfoque diferencial?

El proyecto de ley reconoce que hay grupos poblacionales dentro del universo de víctimas que tienen características especiales, como los niños, las mujeres, defensores de derechos humanos, sindicalistas, etc. El espíritu de la ley está orientado a garantizar que las medidas de reparación, asistencia, restitución, tengan en cuenta esas diferencias.

Hay quienes han advertido que dentro de ese enfoque no se incluyó a los indígenas ni a la población afrodescendiente. Estos grupos poblacionales merecen un trato distinto, pues en muchos casos comparten territorios colectivos. Sin embargo, el proyecto prevé darle facultades al Gobierno para la promulgación de un decreto que incluya posteriormente los mecanismos que aplicarán a las minorías étnicas.

 

3- ¿Qué son asistencia, reparación y restitución?

El proyecto enuncia medidas del Estado de varios tipos que cobijan a las víctimas. Una es la asistencia, que es la ayuda que requiere cualquier persona en el momento en el que se le vulneró su derecho. Por ejemplo, asistencia médica o alimentaria.

Para las organizaciones sociales, la reparación no es una medida de beneficencia, sino la obligación del Estado de “reparar” el daño que ha sufrido la víctima. No obstante, la ley aduce que la reparación ese hace bajo el principio de “subsidiariedad” del Estado y que no se debe entender como que el Estado es “responsable”.

Esa reparación incluye medidas económicas y simbólicas, entre otras. El proyecto define como reparación integral medidas de indemnización, rehabilitación, satisfacción, restitución y garantías de no repetición.

La restitución es la devolución de un bien o un derecho a una persona que lo perdió. El proyecto incluye un capítulo especial dedicado a la devolución de las tierras de personas que fueron obligadas a abandonarlas.

No obstante, algunos defensores de derechos humanos argumentan que el proyecto confunde algunos de los conceptos. También han sugerido que la devolución de la tierra no es suficiente para que las víctimas puedan recuperar su capacidad productiva.

 

4- ¿Qué es la reparación simbólica?

En la regulación, el Estado se compromete a crear medidas de reparación simbólica para reivindicar a las víctimas. Una de ellas es la creación del Día Nacional de las Víctimas, el 10 de diciembre; otra, la creación de un Programa de Derechos Humanos y Memoria Histórica, para recoger, preservar y cuidar la documentación sobre las víctimas, y la creación del Centro de Memoria Histórica y del Museo de Memoria Histórica, entre otras.

Todas tienen por objeto resarcir el daño hecho a las víctimas, de manera simbólica, y para ello es indispensable conservar los documentos que evoquen a las víctimas.

 

5- ¿Quiénes tienen derecho a restitución de tierras?

 

Las víctimas despojadas de tierras o que tuvieron que abandonarlas a partir de 1991. Eso quiere decir que las víctimas que perdieron sus tierras antes no acceden a la restitución de tierras. La exclusión de esas víctimas que no serán restituidas ha sido defendida por algunos legisladores con el argumento de que, según la ley, después de 20 años prescriben los términos para reclamar propiedades. No obstante, algunos observadores han señalado que esa decisión es arbitraria. Pero la posibilidad de que se amplíe la fecha ya quedó sepultada.

 

6- ¿Qué es la inversión de la carga de la prueba?

El texto del proyecto de ley reza: “el Estado presumirá la buena fe de las víctimas”. Las víctimas tendrán un trato privilegiado por el Estado para poder demostrar el menoscabo que han sufrido. Es decir que las víctimas podrán acreditar su condición con una prueba sumaria, y, si es el caso, el presunto responsable de su condición es quien deberá probar lo contrario.

 

7- ¿Cuánto cuesta la reparación?

A propósito del costo que tendrá la reparación de todas las víctimas, no hay una suma exacta. En los debates del proyecto se ha hablado de entre 10 billones y 20 billones de pesos. Está claro que la devolución absoluta de los bienes y una indemnización cabal del detrimento patrimonial de las víctimas no es posible.

Por esta razón hay quienes en el Congreso han dicho que el costo es demasiado alto para la Nación. Sin embargo, otras voces, como la del economista Luis Jorge Garay, director de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado, han dicho que se deben diseñar mecanismos de reparación administrativa que incluyan criterios de proporcionalidad. Es decir, establecer tarifas para la reparación administrativa, pero, en todo caso, no someter la reparación a la regla fiscal, porque podría ser declarado inconstitucional.

 

8- ¿De qué tamaño es el despojo de la tierra?

Según la III Encuesta Nacional de Verificación de los derechos de la población desplazada, las tierras despojadas o abandonadas forzadamente suman 6,65 millones de hectáreas, entre 1980 y julio del 2010. Esta encuesta es la investigación más completa, hasta ahora, sobre el tamaño del despojo.

Otras investigaciones han mencionado que se trata de dos millones de hectáreas. Sin embargo, las metodologías utilizadas no abarcan la dimensión del problema en su sentido más amplio.

 

9- ¿Quiénes son los ponentes del proyecto?

El coordinador de ponentes fue el senador Juan Fernando Cristo, del Partido Liberal. Lo acompañaron Roy Barreras, del Partido de La U; Hernán Andrade, del Partido Conservador; Hemel Hurtado, del PIN, y Jorge Londoño, del Partido Verde. Luis Carlos Avellaneda, del Polo Democrático, radicó una ponencia positiva distinta para el último debate, que recoge las inquietudes de un sector de los defensores de derechos humanos que no está del todo conforme con el proyecto mayoritario.

 

10- ¿Por qué es importante el proyecto?

Analistas de diferentes disciplinas han argumentado que el acceso a la tierra ha sido uno de los ejes del conflicto armado. La aprobación del proyecto es vista como un aporte fundamental a la resolución del conflicto, porque el propio Gobierno reconoce que existe el despojo y una gran cantidad de colombianos vulnerados en sus derechos.

 

No obstante, la ley también exige mecanismos de seguridad efectivos para quienes reclaman sus tierras o defienden los derechos humanos. Por eso hay quienes advierten que la ley no es suficiente para superar el estado de violencia y proteger integralmente a la población vulnerada. Es un paso de un camino muy largo que apenas empieza.

 

CONGRESO APROBÓ LA LEY DE VÍCTIMAS

 

El proyecto pasará a conciliación entre Senado y Cámara de Representantes y en menos de un mes podría ser sancionado por el presidente Santos.

Con amplia mayoría, la plenaria del Senado aprobó en último debate el proyecto de Ley de Víctimas del conflicto armado, considerado por el Gobierno uno de sus proyectos bandera.

 Contra todo pronóstico, y en casi nueve horas, el Senado estudió los 210 artículos (se incluyeron dos nuevos) que contempla la ley y que busca reparar a las víctimas del conflicto y restituir las tierras a los desplazados. Un universo de población que según estimativos preliminares del Gobierno podría concentrarse en  casi cuatro millones de personas. 

 La Ley de Víctimas reconocerá la existencia de conflicto armado interno, pero consignó de forma expresa que los grupos armados ilegales no tendrán estatus de beligerancia.

 Por el contrario, el texto estableció, gracias a una propuesta del partido de La U, que los actuales grupos insurgentes serán denominados “terroristas” y las Fuerzas Armadas tienen vía libre para combatirlos.

 De esta forma se incluyó la tesis del presidente Juan Manuel Santos de reconocer el conflicto, pero a la vez la del expresidente Álvaro Uribe sobre que la ley de reparación no podría legitimar las acciones de grupos terroristas, como era su preocupación.

 

El debate definitivo

 Durante el debate, el ministro de Hacienda, Juan Carlos Echeverry, envió una notificación al Senado en la que avalaba el proyecto y se ajustaba a “la disciplina fiscal vigente”.

 Esa notificación fue clave para que los temores de algunos sectores sobre el impacto fiscal del proyecto fueran despejados.

 Durante la prolija jornada, la plenaria del Senado rechazó 14 impedimentos de igual número de congresistas que consideraron tener conflicto de interés en el proyecto.

Luego de resolverlos, en casi cuatro horas se discutieron las dos ponencias. Una de ellas, la presentada por los partidos de la Unidad Nacional, a la que se sumaron el partido Verde y el PIN, fue aprobada de forma mayoritaria.

 La ponencia alternativa, defendida por el Polo Democrático, fue derrotada, también de forma mayoritaria. Dicha ponencia pretendía hacer más de 105 ajustes al proyecto.

 Entre las más significativas, el Polo insistía en que la Ley de Víctimas indemnizara a aquellos que hayan sufrido daño a sus derechos fundamentales y restituyera las tierras a quienes demostraran haber sido despojadas desde el 1 de enero de 1980.

 Al ser derrotadas esas pretensiones, la ley dejó claro que sólo se indemnizarán por vía administrativa las víctimas del conflicto desde el 1 de enero de 1985 y se restituirán las tierras desde el 1 de enero de 1991.

La ley tendrá vigencia por diez años a partir del momento en que sea sancionada por el presidente Juan Manuel Santos.

Otra de las pretensiones derrotadas fue la que un sector cercano al uribismo intentó revivir, consistente en el debate sobre las víctimas de agentes del Estado.

 

La propuesta, que defendía el senador de La U Juan Carlos Vélez Uribe, pretendía establecer que sólo serían indemnizadas las víctimas de agentes del Estado mediante una sentencia judicial y no por la vía administrativa. El mismo argumento con el que la ley de víctimas se hundió en el 2009, a petición expresa del entonces presidente Álvaro Uribe.

 Los ponentes acordaron con este sector del uribismo no incluir la proposición y el senador Juan Carlos Vélez decidió retirar su controvertida propuesta.

 El autor y ponente del proyecto, Juan Fernando Cristo (P. Liberal), quien dirigió el debate, calificó la jornada como “histórica” porque por primera vez en Colombia el

Congreso legislaba en favor de los millones de víctimas que ha dejado el conflicto armado.

 Aunque el proyecto supera su debate definitivo, aún tiene una prueba de fuego, que es la conciliación con la Cámara de Representantes.

Fue precisamente en esa etapa de conciliación cuando esta iniciativa se hundió en el 2009. En ese entonces, la controversia sobre el reconocimiento a las víctimas de agentes del Estado y el costo fiscal para la Nación no fueron concertados. Una notificación del gobierno de entonces pidió el archivo de la iniciativa, como finalmente sucedió.

 

LOS PASOS PARA LA RESTITUCIÓN Y REPARACIÓN

 

Semana.com explica qué deben hacer quienes se consideren víctimas para acceder a los beneficios. Solo se requiere un documento que demuestre que su situación de víctima es válida.

La víctima

Las víctimas son aquellas personas que han sufrido daño en sus derechos por violaciones al DIH y a los derechos humanos, por causa del conflicto armado. Son víctimas los cónyuges, los hermanos de alguien que ha sido asesinado o desaparecido, o los hijos.

A qué tienen derecho

Las víctimas tienen derecho a la justicia: que el Estado investigue y condene a los victimarios.

A la verdad: a conocer toda la información sobre los hechos que la victimizaron.

A la reparación integral: medidas de restitución de bienes inmuebles, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición. Además, la ley contempla medidas de ayuda humanitaria y asistencia médica y sicológica, para algunos casos.

Otros derechos

Las víctimas tienen derecho a una atención prioritaria en materia de salud, al acceso a la educación, servicios funerarios (cuando no cuenten con recursos), entre otros.

Quién garantiza los derechos

El Estado asume la reparación de forma “subsidiaria”, sin que eso implique reconocimiento de su responsabilidad i la de sus agentes.

Cómo reclama sus derechos

La víctima solo requiere de una “prueba sumaria” para acreditar su condición. Es decir, que cualquier documento que demuestre su situación de víctima es válida.

A dónde debe ir

La ley crea la Unidad de Atención y Reparación, que es el organismo encargado de reparar a las víctimas. Se encargará de hacer el registro de víctimas, administrar los recursos y llevar a cabo la reparación, entre otras funciones. Esta unidad tendrá representación en las entidades territoriales y estará adscrita a la Presidencia de la República.

Otras entidades

 

Los funcionarios de policía judicial; los defensores de familia y comisarios de familia, los fiscales, jueces o integrantes del Ministerio Público deben informar cuáles son las entidades para que las víctimas obtengan asesoría; servicios, garantías, requisitos para presentar las denuncias, derechos que tienen las víctimas y los trámites para hacerlos efectivos.

Los caminos de la reparación

Las víctimas tienen dos opciones para acceder a la reparación y a la restitución de sus derechos. Una es la vía judicial, ante un juez de la República, y la otra es acudir a los mecanismos diseñados por la Ley de víctimas. Así, si una víctima recibe una indemnización por vía administrativa, se le descontará la reparación que se defina por vía judicial.

Los montos de la indemnización

Los montos que fija la ley son los contemplados en el Decreto 1390 de 2008, Así:

Por homicidio, desaparición forzada desaparición forzada y secuestro: cuarenta (40) salarios mínimos.

Lesiones personales y sicológicas que produzcan incapacidad permanente: hasta cuarenta (40) salarios mínimos.

Lesiones que no causen incapacidad permanente, tortura, delitos contra la libertad y la integridad sexual, reclutamiento de menores: hasta treinta (30) salarios mínimos.

Desplazamiento forzado: hasta veintisiete (27) salarios mínimos.

Desplazados

Quiénes tienen derecho a la restitución de tierras:

Los propietarios, poseedores o explotadores de territorios baldíos que a partir de 1991 hayan sido despojados o hayan abandonado su tierra forzadamente por razones del conflicto tendrán derecho a la restitución de su predio.

Cómo reclamar el derecho a la tierra

La ley crea la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Tierras Despojadas. Ante ese organismo, las víctimas inscribirán el predio despojado. La Unidad tendrá 60 o 90 días para decidir si lo incluye o no.

Quién decide sobre la propiedad de la tierra:

Si el predio es aceptado en el registro, la víctima hará una solicitud de restitución ante un juez o un magistrado especializado en restitución de tierras. En caso de que haya una parte opositora que acredite personería jurídica, el caso será investigado por los jueces y fallado en el Tribunal Superior de Distrito Judicial Civil.

La carga de la prueba

Las víctimas deberán presentar una prueba sumaria de la propiedad y el reconocimiento como desplazado en el proceso judicial. Quienes deberán probar que obtuvieron legalmente el predio son los demandados.

El fallo

El juez o magistrado tiene 30 días para practicar las pruebas y dar su veredicto. Contra la sentencia se puede invocar el recurso de reposición, que será resuelto por la Corte Suprema de Jsticia que en dos meses deberá decidir definitivamente.

Compensación

En caso de que el predio esté ubicado en una zona de riesgo para la vida del despojado, o en un parque natural, o ha sido destruido y no se puede reconstruir, o haya sido entregado a otra víctima, el despojado será compensado económicamente. Si se comprueba que el actual poseedor actuó de buena fe, también será compensado económicamente.